22/04/2012
El artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece que el salario y las prestaciones son créditos de exigibilidad inmediata de los trabajadores y la mora en su pago genera intereses. Acerca de esta máxima, aplicable a las prestaciones sociales y al salario, con frecuencia sucede que se acuerdan aumentos de salarios que afectan todas sus incidencias, pero a la fecha de ejecutarlos, por lo general, no lo hacen, sino unos días o meses o años después es que se pagan los aumentos; tal que se ejecutan los pagos del aumento de sueldos, pero no se calculan y pagan los intereses moratorios por el retardo en el pago, tampoco,
los aportes a IPAPEDI, bono vacacional y de fin de año y otros conceptos los cuales forman parte del salario integral, igualmente, que las prestaciones sociales acumuladas y no pagadas son pasivos laborales del Estado, el cual está obligado pagar a los trabajadores. Asimismo los haberes de algunos Fondos de Jubilaciones y Pensiones, en fundaciones, entre otras formas de organizaciones, no los han devuelto a sus propietarios cotizantes, ya que son derechos laborales por pagar al no cumplir estas instituciones con el pago de jubilaciones y pensiones causadas, mientras presuntamente sus administradores gozan de muy buenos privilegios económicos. Estas injusticias continuas de incumplimientos de derechos laborales que se van acumulando por la errónea predicción, prevención y corrección de quienes dirigen el Estado venezolano, en la seguridad social, al ejecutar retrasadamente las medidas acordadas de sueldos y salarios, pueden provocar estallidos sociales.
Ante esta realidad considero necesario reproducir, reescribiendo, de nuevo mi artículo: EL PARO UNIVERSITARIO, que apareció con el nombre de Miguel Salazar, en el Carabobeño, Valencia, lunes 2 de junio, 1986, p. A-10, puesto que después de esta fecha a los 8 meses y 25 días a causa de políticas públicas equivocadas ocurren los sucesos de la rebelión del 27 y 28 de febrero de 1987.
EL PARO UNIVERSITARIO
Al abordar este hecho histórico lo hacemos con la intención de precisar sus causas y sus efectos sociales con el fin de plantear posibles soluciones.
La parálisis del sector educativo, particularmente, universitario por parte de sus trabajadores
-profesores, empleados y obreros- como consecuencia de reclamar salario justo o el pago de su salario integral completo, es el resultado de una política económica del Estado venezolano que favorece a los grandes empresarios nacionales y transnacionales, mientras que los sectores laborales la padecen, es decir, política económica que enriquece a los capitalistas y empobrece a la fuerza de trabajo.
Nosotros entendemos que en las universidades existen convenios de empleados y profesores, también contratación colectiva de obreros, y eso, representa un costo anual y por lo tanto, la elaboración de un presupuesto para que el Estado venezolano lo financie y ejecute, y los bachilleres y todo aquel que pueda ingresar a la universidad lo haga sin impedimento de orden económico, garantizándose, la gratuidad de la enseñanza y el desarrollo profesional científico, tecnológico y humanístico del país.
Pero es el caso, que los presupuestos asignados a las universidades son deficitarios, por lo tanto se incumple con los convenios de trabajo y con la contratación colectiva, dando como resultado el pago incompleto de los sueldos y salarios, sumado al proceso inflacionario que sufre el país, se llega a una situación intolerable para la capacidad de aguante del trabajador universitario, produciéndose el paro, situación que conocen y han previsto los que dirigen el Estado venezolano, cuyo efecto es un proceso de desarticulación y si se quiere, sin exageración alguna, de saboteo a la Educación Universitaria Pública. Este sector de presidente, ministros, autoridades universitarias, etc., pareciera que están interesados en represar las promociones de futuros profesionales con el objeto de no tener un incremento de profesionales desempleados, porque se imposibilita justificar su desocupación, mientras que al desempleado no profesional universitario, ideológicamente, se le puede justificar su cesantía y le pueden crear sentimiento de culpa hasta que logre comprender que su caso, es un efecto de una forma de organización social, política y más que todo de orden económico y cambie esa conducta resignada y pasiva, informándose, que de los 150 mil jóvenes aproximadamente se incorporan al mercado de trabajo anualmente, menos de 70 mil logran una ocupación y el resto de desempleados profesionales o no, se convierten en un peligro para el Estado.
En conclusión, estamos convencidos de la necesidad que tiene el Estado venezolano de cambiar su política económica de restricción al sector universitario como a toda la fuerza laboral en general y garantice al sector trabajo un nivel de vida mejor e impida el enriquecimiento injusto y corrupto mediante dólares preferenciales y ganancias ilegales, a objeto de lograr un equilibrio social de ingresos entre capital y trabajo. Lo contrario a esto, es el desquiciamiento del desarrollo sociocultural y que el impedido económicamente no tenga acceso a la educación, vivienda, alimentación, salud, cultura, recreación, etc., y para buscarle solución a su situación de violencia sea por medio del estallido social.
Saneamiento a
Administración de Fondos de Jubilaciones, Pensiones y Prestaciones (AFJPP)
Toda conducta humana tiende a la virtud y acertación, pero también al error. Por eso existen los sostenimientos predictivos, preventivos y correctivos del desarrollo organizacional en la administración, pulcra y transparente, de los recursos de las instituciones de previsión social. De allí se recomiendan medidas para vencer los errores y la corrupción en los manejos administrativos de la seguridad social. Una buena medida es que cada trabajador conozca cuánto le corresponde y también se informe acerca de los derechos que tiene él para disponer y administrar su patrimonio laboral. Otra buena medida es que los trabajadores sean supervisores y contralores de estas organizaciones para bloquear el surgimiento de toda intención posarcaica que pudiera ocurrir en las juntas administrativas de los fondos de jubilaciones y pensiones, o los de prestaciones sociales, de apropiarse de los haberes, o patrimonios de los trabajadores; así ellos impedirían lo no positivo de estas instituciones, además de estableciendo normas y procedimientos para eso, es que jamás dejen de estar informados, hacer uso de estos recursos y atentos de las actividades de sus empresas colectivas de seguridad social. 19/04/2012 por Rafael A. Salazar P.
http://es.groups.yahoo.com/group/noticias-universitarias/message/47088 RE: [Noticias Universitarias] Derechos de Patrimonios Laborales
Estimado profesor, si la situación de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones creados en algunas Universidades Nacionales, es como usted lo reseña, estoy totalmente de acuerdo con usted. Lo procedente es su eliminación y la devolución del dinero a los aportantes. Mis respetos. Absalón Méndez Cegarra.
From: rafasalazar@...
Date: Tue, 17 Apr 2012 19:05:35 -0430
Subject: [Noticias Universitarias] Derechos de Patrimonios Laborales
Los trabajadores deberían decidir el destino de sus fondos tanto de jubilaciones y pensiones, como los de prestaciones sociales
Si una junta administrativa, erróneamente, excluye a los trabajadores, de la información y no dispongan de sus haberes de sus instituciones de previsión social, al querer apoderarse y manejar a su antojo los fondos de jubilaciones y los de prestaciones sociales, producidos durante la vida laboral pública o privada, se puede calificar esta medida de posarcaica, observándose una deleznable seguridad social que requiere correctivos. ¿Qué opina usted?
DILE NO AL DESPOJO DE DERECHOS LABORALES
Los fondos de jubilaciones y los de prestaciones sociales son patrimonios de los trabajadores
Los administradores de los fondos de jubilaciones y pensiones, que no jubilan ni pensionan, de manera arbitraria transforman estas organizaciones en empresas de préstamos, entre otras, y al que cotiza o cotizó no le informan de las cuentas de estas actividades, presuntamente, nos han expropiado de estos recursos; igualmente, ¿los fondos de las prestaciones sociales y sus intereses pudieran tener ese mismo destino?
¡ESTOS PASIVOS O DERECHOS LABORALES SON IRRENUNCIABLES, SÓLO LA LUCHA GARANTIZA SU DEFENSA!
¡LOS DERECHOS SE EJERCEN, HAGAMOS QUE SE CUMPLAN!
¡NO TE DEJES DESPOJAR DE TUS DERECHOS!
De: prof.rafaelsalazar@...
Para: "prensaunesr@..."
Enviado: Lunes 26 de marzo de 2012 18:31
Asunto: Pasivos o Derechos Laborales y Fondo de Jubilaciones y Pensiones
Los administradores de los fondos de jubilaciones y pensiones de las universidades no deben quedarse con esos haberes, porque sería un presunto ilícito administrativo; por lo tanto, están obligados a entregar esos recursos a sus propietarios, bien sean: profesores, empleados y obreros, o cotizantes. rafasalazar@...
Pasivos o
Derechos Laborales y Fondo de Jubilaciones y Pensiones
Rafael Salazar
Apreciado profesor, con todo el respeto y consideración que usted
se merece, reconocemos la importancia de la previsión social pública y privada
que desarrollan beneficios de seguridad y protección socioeconómica y solidaria
a las comunidades del país. Los pagos que se hacen por estar suscrito al
contrato de un seguro social, económico o de salud o a un fondo de jubilaciones
y pensiones no pertenece, por lo general, a los cotizantes. En caso de
necesidad o eventos causados estas empresas devuelven ese dinero pagado en
servicio, cubriendo los gastos establecidos en dicho contrato. Cubiertos los
límites de la previsión privada, la previsión pública se activa. Ambas ante
hechos imprevistos se complementan y son necesarias. También es importante
saber que los propietarios de ese negocio de los seguros de previsión social
obtienen ganancias, que son repartidas entre ellos. Igualmente, cuando los
seguros de previsión social fracasan son liquidados y sus haberes son
legalmente distribuidos entre sus propietarios. La liquidación de un fondo de
jubilación y pensiones que no cumple la misión de previsión social por la que
se creó es necesaria y dolorosa, en la que supuestamente no beneficia a unos y deja
de beneficiar a otros, permite la opción de sanear de vicios estas empresas benefactoras,
organizando nuevas empresas de servicios, de previsión social, a objeto de que
cumplan el fin para la que fueron creadas.
Los fondos de jubilaciones que, por irregulares y deficitarios, no
cumplen la misión por la cual fueron creados al no pagar jubilaciones ni
pensiones causadas, no dan ni desarrollan protección socioeconómica a las
comunidades, convirtiéndose algunos de ellos en prestamistas y para eso está por
ejemplo en la U.C, IPAPEDI que reparte dividendo a sus afiliados, son
liquidados y, en ejercicio de la justicia y el derecho se transforman en
pasivos laborales. El patrimonio de estas instituciones formadas por
cotizaciones de los trabajadores, quienes pagan el 50% de cotizaciones y el
Estado le completa pagándoles el otro 50%, se muestra que los trabajadores
pagan el 100% de las cotizaciones y por eso es que los trabajadores que cotizan
son los legítimos propietarios de estos Fondos de jubilaciones y pensiones; no
sus administradores. En consecuencia, liquidados los Fondos sus haberes se
tienen que distribuir de una forma justa y legal entre sus legítimos propietarios;
por esto humildemente pienso, pasan hacer pasivos laborales o derechos no
pagados. La liquidación de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones de la
Universidad Simón Rodríguez y la distribución o reparto de estos recursos existentes
a la fecha, de una forma justa y legal, entre todo el personal activo, jubilado
y egresado, es un hecho cumplido; razón por la que ordenaron pagar estos fondos
de jubilaciones y pensiones de la UNESR, como pasivos o derechos laborales.
Ante la situación no positiva de los Fondos de jubilaciones y
pensiones, el Ministerio de Educación Universitaria, supuestamente, en
cumplimiento de las políticas de previsión social del Estado Venezolano que paga
las prestaciones sociales, jubilaciones y pensiones, ordenó liquidarlos, en estas condiciones,
a los profesores, empleados y obreros, reintegrarles los aportes e intereses y
beneficios generados, más devolverle el otro 50% pagado hasta ese año por parte
del ejecutivo nacional, por eso este patrimonio forma parte de los pasivos
laborales al igual que las deudas de las prestaciones sociales acumuladas y no
pagadas.
El reconocimiento, del Ministerio de Educación Universitaria, de
ordenar devolver el 100% de los aportes a los trabajadores, con los intereses y
beneficios generados de los fondos de jubilaciones y pensiones a sus legítimos
propietarios, llámese profesores, empleados y obreros, o cotizantes, tiene el
carácter colectivo de superar el posarcaísmo o caudillismo autocrático, autoritario
y arbitrario, al que estamos sometidos.
Reitero que estos pasivos laborales o derechos no
pagados son obligaciones legales del Estado Venezolano con los trabajadores. Si
estas obligaciones se convierten en pasivos laborales no pagados y
definitivamente incumplidas por funcionarios del sector público o del sector
privado, son hechos históricos presuntamente delictivos que deberíamos impedir.
Propongo, una vez distribuidos legalmente los haberes
de los fondos de jubilaciones y pensiones liquidados, podemos crear una nueva
empresa solidaria de previsión social.
Cordialmente, Rafael A. Salazar P.
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